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VENTAJAS FISCALES
· No pagas impuestos mientras no vendas tu participación
en el fondo. Cuando se produce la venta, se aplica una retención a cuenta
del IRPF del 15% sobre las plusvalías obtenidas.
· La fiscalidad depende de la antigüedad de las inversiones:
- Si la ganancia (al vender participaciones) se ha generado en un plazo igual o inferior a 1 año desde la fecha de inversión, tributa al tipo general.
- Si la ganancia (al vender participaciones) se ha generado en más de un año, tributa a un tipo único del 15% independientemente de cuando se compro.
- En el reembolso de participaciones contratadas antes del 31/12/94 la ganancia patrimonial se reduce un 15% por cada año de antigüedad que pase de dos años desde la fecha de la compra hasta el 31/12/96. El valor final de la ganancia tributa al 15% y se integra en la parte especial de la base imponible del IRPF.
- Los reembolsos de participaciones con una antigüedad igual o superior a 8 años a 31/12/96 están exentos de tributación.
· Los residentes en el País Vasco y Navarra aplican su propia normativa.
- Desde el 1 de enero de 2003, en el País Vasco se ha eliminado la retención en el reembolso o transmisión de participaciones o acciones e Instituciones de Inversión colectiva cuando el importe obtenido se reinvierta en otras Instituciones de Inversión Colectiva.
- Asimismo, se ha reducido el tipo de retención del 18 al 15% sobre las ganancias patrimoniales derivadas de la "venta" (reembolso o transmisión sin reinversión) de participaciones o acciones en Instituciones de Inversión Colectiva.
- En Navarra no se han publicado aún modificaciones.
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