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 DEFINICIÓN
Convenio de colaboración con el Ministerio de la Vivienda por el que se instrumentan préstamos cualificados y las correspondientes ayudas destinadas a la adquisición de viviendas en régimen de VPO.
 CARACTERÍSTICAS
- Podrán acceder a estos préstamos los promotores adjudicatarios y adquirentes directos que cumplan las condiciones de la normativa vigente.
- Cuantía máxima del préstamo: 80% del precio máximo de venta o adjudicación de la vivienda.
- Ha de ser residencia habitual y permanente.
- Plazo de amortización: 20 años. (En préstamos a promotor posible carencia de 3 años).
- Ayudas económicas:
- Subsidiación de la cuota.
- Subvenciones.
- Otras ayudas económicas directas para facilitar la entrada.
 VENTAJAS
- Tipo de interés preferente.
- Subsidiaciones de la cuota durante los 5 primeros años prorrogables por idéntico periodo.
- Ayudas económicas para afrontar el pago de la entrada dependiendo de la situación familiar y financiera del adquirente o adjudicatario.

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