DEFINICIÓN

Convenio de colaboración con el Ministerio de la Vivienda por el que se instrumentan préstamos cualificados y las correspondientes ayudas destinadas a la adquisición de viviendas en régimen de VPO.

 CARACTERÍSTICAS

  • Podrán acceder a estos préstamos los promotores adjudicatarios y adquirentes directos que cumplan las condiciones de la normativa vigente.

  • Cuantía máxima del préstamo: 80% del precio máximo de venta o adjudicación de la vivienda.

  • Ha de ser residencia habitual y permanente.

  • Plazo de amortización: 20 años. (En préstamos a promotor posible carencia de 3 años).

  • Ayudas económicas:

    • Subsidiación de la cuota.
    • Subvenciones.
    • Otras ayudas económicas directas para facilitar la entrada.
 VENTAJAS
  • Tipo de interés preferente.

  • Subsidiaciones de la cuota durante los 5 primeros años prorrogables por idéntico periodo.

  • Ayudas económicas para afrontar el pago de la entrada dependiendo de la situación familiar y financiera del adquirente o adjudicatario.
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